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Gestión de Tránsito Digital: Cómo realizar trámites de Tránsito
Primera licencia
Los postulantes a licencia de conductor, deberán reunir los siguientes REQUISITOS GENERALES:
Acreditar idoneidad moral, física y psíquica;
Acreditar conocimientos teóricos y prácticos de conducción, así como de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen al tránsito público;
Poseer cédula de identidad o de extranjería vigentes, con letras o dígitos verificadores, y
Acreditar mediante declaración jurada, que no es consumidor de drogas, estupefacientes o sustancias sicotrópicas prohibidas que alteren o modifiquen la plenitud de las capacidades físicas o síquicas, conforme a las disposiciones contenidas en la ley Nº 20.000 y su Reglamento. La fiscalización del cumplimiento de esta disposición se hará de acuerdo con los artículos 182 y 183 de esta ley.
Primera licencia
Los postulantes a licencia de conductor, deberán reunir los siguientes REQUISITOS GENERALES:
Acreditar idoneidad moral, física y psíquica;
Acreditar conocimientos teóricos y prácticos de conducción, así como de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen al tránsito público;
Poseer cédula de identidad o de extranjería vigentes, con letras o dígitos verificadores, y
Acreditar mediante declaración jurada, que no es consumidor de drogas, estupefacientes o sustancias sicotrópicas prohibidas que alteren o modifiquen la plenitud de las capacidades físicas o síquicas, conforme a las disposiciones contenidas en la ley Nº 20.000 y su Reglamento. La fiscalización del cumplimiento de esta disposición se hará de acuerdo con los artículos 182 y 183 de esta ley.
Acreditar idoneidad moral, física y psíquica;
Acreditar conocimientos teóricos y prácticos de conducción, así como de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen al tránsito público;
Poseer cédula de identidad o de extranjería vigentes, con letras o dígitos verificadores, y
Acreditar mediante declaración jurada, que no es consumidor de drogas, estupefacientes o sustancias sicotrópicas prohibidas que alteren o modifiquen la plenitud de las capacidades físicas o síquicas, conforme a las disposiciones contenidas en la ley Nº 20.000 y su Reglamento. La fiscalización del cumplimiento de esta disposición se hará de acuerdo con los artículos 182 y 183 de esta ley.
Licencias profesionales
1)Terner como mínimo 20 años de edad
2) Acreditar haber estado en posesión de la licencia Clase B durante dos años;
3) Aprobar los cursos teóricos y prácticos que impartan las escuelas de conductores profesionales Autorizada y reconocida por la Secretaria Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones
4) Acreditar, en caso de la Clase A-3, haber estado en posesión, durante al menos dos años, de la Licencia Profesional Clases A-1, A-2, A-4 o A-5. Tratándose de la Clase A-5, los postulantes deberán acreditar haber estado en posesión, durante a lo menos dos años, de la licencia profesional clases A-2, A-3 o A-4.
5) Ampliación a Clase Profesional:
Acreditar enseñanza básica Completa.
Acreditar residencia en la comuna.
Aprobar Exámenes correspondientes (Teórico, Medico, Practico).
Licencias profesionales
1)Terner como mínimo 20 años de edad
2) Acreditar haber estado en posesión de la licencia Clase B durante dos años;
3) Aprobar los cursos teóricos y prácticos que impartan las escuelas de conductores profesionales Autorizada y reconocida por la Secretaria Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones
4) Acreditar, en caso de la Clase A-3, haber estado en posesión, durante al menos dos años, de la Licencia Profesional Clases A-1, A-2, A-4 o A-5. Tratándose de la Clase A-5, los postulantes deberán acreditar haber estado en posesión, durante a lo menos dos años, de la licencia profesional clases A-2, A-3 o A-4.
5) Ampliación a Clase Profesional:
Acreditar enseñanza básica Completa.
Acreditar residencia en la comuna.
Aprobar Exámenes correspondientes (Teórico, Medico, Practico).
2) Acreditar haber estado en posesión de la licencia Clase B durante dos años;
3) Aprobar los cursos teóricos y prácticos que impartan las escuelas de conductores profesionales Autorizada y reconocida por la Secretaria Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones
4) Acreditar, en caso de la Clase A-3, haber estado en posesión, durante al menos dos años, de la Licencia Profesional Clases A-1, A-2, A-4 o A-5. Tratándose de la Clase A-5, los postulantes deberán acreditar haber estado en posesión, durante a lo menos dos años, de la licencia profesional clases A-2, A-3 o A-4.
5) Ampliación a Clase Profesional:
Acreditar enseñanza básica Completa.
Acreditar residencia en la comuna.
Aprobar Exámenes correspondientes (Teórico, Medico, Practico).
Licencias no profesionales
1.Tener como mínimo 18 años de edad. Excepcionalmente, se podrá otorgar esta Licencia a postulantes que sean mayores de 17 años, que hayan aprobado un curso en una Escuela de Conductores, debida y expresamente autorizados por sus padres, apoderados o representantes legales.Dicha licencia excepcional sólo habilitará para conducir acompañado, en el asiento delantero, de una persona en condiciones de sustituirlo en la conducción de acuerdo a lo establecido en el artículo 109 que sea poseedora de una licencia que lo habilite para conducir los tipos de vehículos motorizados para la Clase B cuya vigencia, a la fecha del control, tenga no menos de 5 años de antigüedad. Cumplidos los 18 años de edad, este último requisito se extinguirá por el solo ministerio de la ley.El menor así autorizado que sea sorprendido conduciendo sin cumplir con el requisito establecido en el inciso precedente, se considerará como conductor sin licencia para todos los efectos legales. Carabineros procederá a retirarle la Licencia y a ponerla a disposición del respectivo Tribunal. En la boleta de citación se dejará constancia que ésta no lo habilita para seguir conduciendo.
2.Acreditar enseñanza básica Completa.
3.Acreditar residencia en la comuna.
4.Aprobar Exámenes correspondientes (Teórico, Medico, Practico)
Licencias no profesionales
1.Tener como mínimo 18 años de edad. Excepcionalmente, se podrá otorgar esta Licencia a postulantes que sean mayores de 17 años, que hayan aprobado un curso en una Escuela de Conductores, debida y expresamente autorizados por sus padres, apoderados o representantes legales.Dicha licencia excepcional sólo habilitará para conducir acompañado, en el asiento delantero, de una persona en condiciones de sustituirlo en la conducción de acuerdo a lo establecido en el artículo 109 que sea poseedora de una licencia que lo habilite para conducir los tipos de vehículos motorizados para la Clase B cuya vigencia, a la fecha del control, tenga no menos de 5 años de antigüedad. Cumplidos los 18 años de edad, este último requisito se extinguirá por el solo ministerio de la ley.El menor así autorizado que sea sorprendido conduciendo sin cumplir con el requisito establecido en el inciso precedente, se considerará como conductor sin licencia para todos los efectos legales. Carabineros procederá a retirarle la Licencia y a ponerla a disposición del respectivo Tribunal. En la boleta de citación se dejará constancia que ésta no lo habilita para seguir conduciendo.
2.Acreditar enseñanza básica Completa.
3.Acreditar residencia en la comuna.
4.Aprobar Exámenes correspondientes (Teórico, Medico, Practico)
2.Acreditar enseñanza básica Completa.
3.Acreditar residencia en la comuna.
4.Aprobar Exámenes correspondientes (Teórico, Medico, Practico)
Renovación
Presentar Licencia Anterior.
Rendir y Aprobar Exámenes Medico y Psicotécnico
Cédula de Identidad Vigente
Acreditar residencia en la comuna
Renovación
Presentar Licencia Anterior.
Rendir y Aprobar Exámenes Medico y Psicotécnico
Cédula de Identidad Vigente
Acreditar residencia en la comuna
Rendir y Aprobar Exámenes Medico y Psicotécnico
Cédula de Identidad Vigente
Acreditar residencia en la comuna
Duplicado de licencia
Presentar certificado de bloqueo de licencia, extendida por el Registro Civil
Copias de expediente de la municipalidad de origen, cuando proceda y en este caso se solicita certificado de residencia
Cumplir con el procedimiento general de La Dirección de Transito.
Duplicado de licencia
Presentar certificado de bloqueo de licencia, extendida por el Registro Civil
Copias de expediente de la municipalidad de origen, cuando proceda y en este caso se solicita certificado de residencia
Cumplir con el procedimiento general de La Dirección de Transito.
Copias de expediente de la municipalidad de origen, cuando proceda y en este caso se solicita certificado de residencia
Cumplir con el procedimiento general de La Dirección de Transito.
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